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jueves, 5 de enero de 2017

Los ascensos policiales, los premiados y castigados

Mediante el Decreto N°2.798, fueron ascendidos 860 Policias en los distintos rangos y jerarquias, los ascenos son "derechos" esenciales que tiene el hombre de la fuerza de seguridad provincial, asi lo establece el articulo 15°,Inciso "n" de la Ley de Generalidades para el Personal Policial N° 4.794.

Las formas y modos de los ascensos se encuentran prescritos en los artículos 55°, 56°, 57°,58° y 59° del referido cuerpo legal, y en su Reglamentación articulo 324° al 381° y el Anexo II. Ahora vamos a aclarar la cuestión. Cada año se forman las Juntas de Calificaciones que es el órgano colegiado encargado de establecer si el policia tiene aptitudes para permanecer en el empleo o alcanzar el ascenso: 1°) siempre y cuando el policia cuente haber permenecido en su cargo un tiempo minimo de 3 años; 2°)-Tener aprobado cuando corresponda los cursos que determine la reglamentacion; 3°)-Haber sido calificado por su Jefe Inmediato apto para el ascenso. En el primer caso el tiempo minimo que debe permanecer en su jerarquia un policia en los rangos inferiores es de un minimo de 3 años y un maximo de 6 años, el segundo punto hace referencia de los Cursos Obligatorios Aprobados que se debe realizar.

En las jerarquias de Oficial Subispector, Oficial Principal y Comisario, tambien en la de Suboficiales en los grados de Cabo, Sargento 1° y Suboficial Principal, cumplido con todos estos requisitos el policia esta en condiciones de ser promovido al grado inmediato superior, pero para ascender del grado de Subcomisario a Comisario una Junta Medica determinara las condiciones de salud del oficial jefe antes de ser ascendido ( art.344° de la Reglamentacion), que en estos casos no se han cumplido, primer error o vicio del decreto de ascensos, el otro vicio insalvable de nulidad es el ascenso a Comisario general de la Abogada ESTELA MARIA CAMACHO,quien pertenece al cuerpo de profesionales, aqui se violo el articulo 18° de la referida normativa,que establece expresamente que para el "Escalafon Profesional y Tecnico, la maxima jerarquia a la que puede llegar es a Comisario Inspector, se paso dos (2) jerarquias de Comisario Mayor y Comisario General.

Muchos policias quedaron con la ilusion de ser ascendidos al cumplir con todos los requisitos, que tal vez fueron excluidos del listado de ascensos por varias cuestiones ajenas a su profesion, al sentrirse dañados deben efectuar un "Reclamo Administrativo" dirigido al Señor Jefe de Policia, plazo que se vence hoy Viernes 6 de Enero a hs. 23,59.
Porque se cometen abusos y desmanes en los ascensos policiales por que existe una total inobservancia a el articulo 59 de la Ley Provincial N° 4.794, donde se encuentra establecido el procedimiento a efectuarse para la seleccion del personal para su promocion, las autoridades politicas se arrogan facultades que se encuentran regladas con anterioridad y violan asi el Debido Proceso, en estos ascenos la "Discrecionalidad" no es libre sino que se encuentra reglada por articulado antes mencionado y se debe cumplirlo, sino debe intervenir la Justicia.

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